CCOO Residuos y Limpiezas informa sobre el Derecho a Libranza por Trabajo en Fin de Semana
De conformidad con lo previsto en el Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus OO.AA. para 2012-2015, en su artículo 13, bajo el epígrafe Descanso semanal, punto 2: “Los empleados públicos con jornada ordinaria … que por la índole de su actividad den servicio los fines de semana y festivos, descansarán dos días semanales, asegurándose la libranza en fines de semana alternos, sin perjuicio de las compensaciones a que haya lugar por el trabajo en domingo y/o festivo”. Asimismo, el punto 4 del mismo artículo establece que: el disfrute del descanso semanal es obligatorio y no acumulable, salvo en aquellos casos… se autorice su acumulación”.
