Celebrada COMISE el 29 de mayo, con la presencia de los sindicatos firmantes del Acuerdo Convenio 2019-2022, CCOO, UGT y CSIF.
ORDEN DEL DÍA
Estos son los temas tratados en el Orden del Día y lo que se acordó o se aclaró al respecto:
Interpretación y aplicación arts. 11.1 y 15.cuarto l) (SOLICITADO POR CCOO):
Por cada día de disfrute acumulado se detraerán 7 horas del saldo total de las 14 horas, con independencia del periodo de su disfrute y de la duración diaria de la jornada en el momento en que se haga uso de las horas en esta modalidad. En el caso de situaciones de reducción de jornada (jubilaciones parciales, relevistas, jornadas parciales…) el número total de horas a disfrutar por este concepto se calculará en proporción a la duración de la jornada en cómputo anual, para el art. 11. En el caso del art. 15, la diferencia es que no se aplicará la proporcionalidad si se disfruta en jornadas completas.
Se debe solicitar con al menos 4 días hábiles de antelación a la fecha solicitada, o plazo menor de manera excepcional, la denegación debe ser motivada con 2 días de antelación a la fecha solicitada, salvo si se ha solicitado con menos de 4 días de antelación. Si no se notifica denegación en el plazo determinado, se entiende estimada la petición solicitada.
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