CCOO se preocupa por la no corresponsabilidad entre mujeres y hombres en el cuidado familiar
Carmen Bravo, secretaría de la Mujer de CCOO, alerta de las consecuencias indeseadas de esta desigualdad entre mujeres y hombres en el ejercicio de derechos consolidados por cuidado familiar, y considera que esta ausencia de corresponsabilidad familiar perjudica y penaliza las carreras profesionales de las mujeres y contribuye a cimentar la desigualdad laboral entre mujeres y hombres.
De los datos relativos a 2011, sobre las prestaciones de maternidad, paternidad y excedencia por cuidado de hijos o hijas menores, en acogimiento o familiares, publicados hoy por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, CCOO constata que el cuidado familiar sigue estando feminizado, y que siguen siendo las mujeres quienes muy mayoritariamente hacen uso de los derechos correspondientes, en tanto que el ejercicio de estos derechos por parte de los hombres apenas alcanza porcentajes residuales, quedando notoriamente reflejada la ausencia de corresponsabilidad en términos genéricos.
La Secretaría de la Mujer de la FSC de CCOO Madrid ha realizado el siguiente comunicado para aclarar el uso de la denominación de violencia doméstica, en vez de violencia de género, ya que es una manifestación más de la resistencia que existe a reconocer que la violencia contra las mujeres no es una cuestión biológica, ni doméstica, sino de género.
Casi la mitad de los 107 convenios colectivos sectoriales estatales negociados desde el 1 de enero de 2005 y vigentes actualmente, contienen alguna regulación sobre esta materia. Lograr modificar tan alto porcentaje de convenios en sólo siete años es, sin duda, un logro importante, que adquiere aún mayor relevancia al considerar que estas cláusulas amparan al 64% de las personas afectadas por los convenios de este ámbito, a los que habría que sumar aproximadamente dos millones de personas más vinculadas a cinco acuerdos marcos sectoriales que también regulan la protección de las víctimas de violencia de género.
En septiembre de 2010, la Comisión Europea adoptó una estrategia a cinco años para la promoción de la igualdad entre mujeres y hombres en Europa. Esta estrategia contempla cinco prioridades como son, la independencia económica, igual salario por igual trabajo y trabajo de igual valor, igualdad en los puestos de decisión, la lucha contra la violencia de género y la promoción de la igualdad fuera de la Unión Europea.
sas de handling (que realizan manejo manual de cargas en muelles, hipódromos, plataforma, a pie de avión o en el interior de las bodegas) al saber su situación de mujer embarazada reciben de sus empresas y de las mutuas que éstas han contratado una respuesta: «hasta las 18 semanas de embarazo no existe riesgo y, por tanto, debe seguir trabajando».
La Disposición Adicional Decimoctava, apartado veintitrés, de la Ley Orgánica 3/2007, de Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres, estableció una nueva disposición adicional (la Cuadragésimo Cuarta) del Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprobó el texto refundido de la Ley General de Seguridad Social, que dice literalmente: