En sentencia dictada el 14 de diciembre de 2012, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid reconoce el derecho de las empleadas y los empleados públicos a percibir la parte proporcional de la paga extraordinaria correspondiente a los días devengados hasta la entrada en vigor del RD Ley 20/2012.
Es una sentencia que se dicta ante un conflicto colectivo presentado por las compañeras y los compañeros de ICM, y explicita en su fallo que “las pagas extraordinarias constituyen una manifestación del salario diferido, se devengan día a día, aunque su vencimiento tiene lugar en determinados meses del año, y su importe debe equipararse al salario regularmente percibido por el trabajador, no constituyendo meras expectativas, por lo que los trabajadores, demandantes, tiene derecho a su percepción, no pudiendo tener al norma efecto retroactivo lo que nos lleva (…) al abono a los mismos de la suma correspondiente a esos 14 días del mes de julio ya devengados”.
Es este un primer triunfo de lo que CCOO ha defendido en todo momento, el derecho de las empleadas y los empleados públicos a percibir la paga extraordinaria de diciembre, y será utilizado por nuestro gabinete jurídico en las demandas que tiene que ser
interpuestas en los próximos días.