Según se nos ha informado desde la Dirección General de Recursos Humanos, en virtud de la aplicación de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de Enero, de Protección Jurídica del Menor, y a tenor de las modificaciones introducidas por la Ley 26/2015, de 28 de Julio, que modifica el sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, se entregará documentación (carta de la SGT y formulario) en mano a aquellos empleados y empleadas municipales cuyo oficio o actividad impliquen contacto habitual con menores para que puedan acreditar certificación negativa en relación con delitos sexuales. Algo que ya han acreditado otros colectivos empleados en este municipio y que resulta del todo punto razonable en cuanto al personal que desempeña funciones en Centros Docentes.
En la documentación que se entregará se da la doble opción de solicitar directamente dicho certificado negativo en el Registro Central de delincuentes sexuales, o bien autorizar a la Administración para solicitar el mismo, en este último caso previo consentimiento del interesado o de su representante.
La Sección Sindical de Distritos de CCOO entiende que se trata de un requisito que la Ley impone, por lo que animamos a las compañeras y compañeros de los servicios afectados a colaborar en este procedimiento, ya que las molestias a las que este requisito pueda dar lugar son menores frente a la lucha por la prevención y erradicación de delitos tan execrables como los que aquí se tratan.